La Secretaría de Ciencia y Tecnología de UCU informa que se continúa inscribiendo a alumnos postulantes al Programa de Becas de Estímulo a la Vocación Científica, que implementa la Municipalidad.
Las becas se iniciarán el 1 de agosto de 2022 y tendrán una duración de doce meses.
Se otorgarán cuarenta becas.
El beneficio será de $ 4.500 mensuales para cada becario.
Los becarios desarrollarán sus planes de trabajo en el ámbito de proyectos de investigación acreditados por las Universidades.
Temas prioritarios:
Las propuestas de proyectos deberán desarrollarse bajo las siguientes líneas prioritarias, con la posibilidad de admitirse temáticas no incluidas, siempre que respondan a los objetivos establecidos en la Ordenanza que da marco a la convocatoria.
a) Ambiente, energías y desarrollo sustentable.
b) Arquitectura y urbanismo.
c) Calidad de vida y sustentabilidad.
d) Desarrollo productivo y territorial.
e) Educación y Tic.
f) Empleo y desarrollo económico.
g) Gestión y políticas públicas.
h) Pobreza, desigualdad y vulnerabilidad socio ambiental.
i) Salud y contexto sanitario.
j) Seguridad, desarrollo y bienestar social.
k) Turismo y valorización del patrimonio histórico y cultural.
Condiciones de postulación:
Pueden postularse estudiantes que a la fecha de cierre de la convocatoria acrediten como aprobado al menos el 50% de las asignaturas obligatorias. Los Directores y Co-Directores deben ser docentes universitarios con probada experiencia en el área de conocimiento del tema de investigación propuesto y en la formación de recursos humanos. También debe ser docente de la Facultad/Universidad por la cual se presente la Beca.
Obligaciones del becario:
Además de las obligaciones vinculadas a su Plan de Investigación, el becario deberá:
– Presentar, en la fecha establecida, el informe final, con la firma, del Director y del Co-Director.
– Poner a disposición del Director y Co-Director de beca y de la Comisión Evaluadora Municipal de becas, toda información relativa al desarrollo de su labor como becario, cada vez que le sea solicitado.
– Difundir los resultados de su investigación a través de los canales que la Municipalidad de Concepción del Uruguay implemente, con el fin de compartir las experiencias de los becarios y los resultados obtenidos.
– Concurrir, en caso de serle solicitado, a entrevistas a las que sean citados para proporcionar información tendiente a mejorar el curso de futuras convocatorias.
Presentación de solicitudes:
La inscripción es online. La persona postulante debe enviar su solicitud al medio que cada Universidad establezca (secyt@ucu.edu.ar en el caso de UCU) y remitir una copia al correo de la Comisión Evaluadora Municipal: proyectosespeciales@cdeluruguay.gob.ar
Para que dicha solicitud sea validada debe adjuntarse la siguiente documentación:
– Ficha de Solicitud con el correspondiente “Plan de Investigación” y los “antecedentes del postulante”
– Copias probatoria de los antecedentes declarados.
– Certificado analítico de estudios cursados.
– Currículum Vitae del Director y/o Co-Director
– Declaración Jurada “Plan de Trabajo”.
Evaluación de solicitudes:
La selección de los proyectos estará a cargo del área académica que cada institución disponga. El criterio principal es que los proyectos se ajusten a las temáticas prioritarias definidas por el Municipio y el grado de transferencia al medio local. También serán considerados otros criterios tales como:
– El rendimiento académico del postulante.
– Antecedentes académicos.
– Plan de trabajo propuesto.
– La coherencia entre el título, los objetivos y la metodología
– La factibilidad y adecuación del cronograma a la duración de la beca.
– Antecedentes del Director o Codirector en relación con el tema del plan de trabajo.
Una vez finalizada la selección, las instituciones otorgarán a la Municipalidad la lista de aspirantes con su orden de mérito. Será revisada por una Comisión Evaluadora Municipal integrada por un representante por cada establecimiento; la Coordinación de Vinculación Académica y Tecnológica; la Comisión de Educación y Cultura del Concejo Deliberante; el Área de Control de Gestión del Municipio y demás miembros que la Municipalidad disponga.