Silvia Inchaurraga, directora del CEADS.
La directora del Centro, Silvia Inchaurraga, comentó a InfoUniversidades que con este fallo “se garantiza el derecho a la privacidad, porque hay un ámbito de conducta individual donde el Estado no debe inmiscuirse y menos aun castigar a las personas”.
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El Estado tiene muchas herramientas para intentar disuadir a los consumidores sobre conductas que considera negativas, dañinas, peligrosas, a través de la prevención, con campañas en los medios de comunicación, etc. Pero “no debería por qué recurrir al derecho penal, que es el brazo punitivo, al castigo y menos aún al encierro, ya sea en la prisión o en un centro” agregó Inchaurraga.
Por otro lado, explicó que de esta manera podrá garantizarse el derecho a la salud. Los que vienen trabajando en la asistencia, en el ámbito del hospital público, en las zonas más marginales de las ciudades, advierten que “el usuario de drogas se fue alejando cada vez más del ámbito de la salud por temor a ser detenido y a las consecuencias de la criminalización. La despenalización de la tenencia de drogas para consumo personal saca al usuario de drogas de ese lugar social de delincuente y la persona vuelve a ser considerada como un ciudadano con derechos; vuelve a sentir que tiene la posibilidad de acercarse al sistema de salud, que no es necesario estar abstinente de drogas para que se le dé respuesta, ese es el rol clave”.
Los casos de Uruguay y Portugal
La investigadora de la UNR establece una distinción entre despenalizar y legalizar: “Se habla de despenalizar una conducta que es la tenencia para consumo personal, no la tenencia para comercialización o venta y, menos aun, hacer legales las drogas. Sigue siendo ilegal la producción y comercialización de drogas”. Considera que las personas no consumen ni dejan de consumir porque algo esté prohibido o permitido. Un ejemplo es el caso de Uruguay que hace una década despenalizó la tenencia de droga para consumo personal y no se modificaron ni aumentaron los patrones de consumo.
En la Comunidad Económica Europea, Portugal modificó su legislación en el 2001, descriminalizando al usuario de drogas. El Estado interviene pero con trabajo comunitario y una comisión se ocupa de las alternativas para disuadir del consumo. “El Observatorio Europeo de Drogas muestra que no sólo no aumentó sino que se redujo el consumo de drogas, el uso compartido de jeringas y de problemas asociados, sobre todo porque se favoreció el contacto con el sistema de salud. Asimismo, este país tiene unas tasas de consumo de marihuana de las más inferiores de toda la comunidad económica europea”.
Inchaurraga explica que la política flexible a partir de la modificación de la aplicación de la Ley, el hecho de que la policía sea instruida para no llevar detenidas a las personas, evitar el inicio de una causa judicial y que se instalen comisiones educativas, redujeron los problemas asociados y no aumentó el consumo.
Por la modificación de la Ley
Desde la creación del CEADS, en 1994, el eje fue la revisión de políticas públicas en materia de drogas y una lectura crítica sobre la Ley y la penalización de la tenencia. “Nuestra experiencia fue pionera instalando los programas de reducción de daños y de jeringas para los que consumen por vía inyectable en la ciudad”.
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Es necesaria “la prevención para el que no se ha iniciado en el consumo, la asistencia para el que necesita ayuda, y debe estar esta tercera alternativa para aquel que no puede o no quiere dejar de consumir drogas. Para esa persona es fundamental que el Estado no castigue, que la sociedad no discrimine y excluya, y que el sistema de salud dé alternativas para que su vida pueda ser lo más saludable posible”. Inchaurraga cree fundamental la modificación de la ley actual y la instalación de una nueva, porque si bien el fallo de la Corte sienta precedentes para que la causa no prospere, hoy la policía todavía puede detener a un joven junto a otros delincuentes, con todas sus consecuencias negativas.