Nota

Universidad Nacional de Rosario - Facultad de Derecho

07 de Octubre de 2013 | 7 ′ 30 ′′

Los desafíos de la oralidad en el sistema judicial

El nuevo sistema acusatorio que prevé el Código de Procedimientos se está implementando en la provincia de Santa Fe por etapas. La modificación del sistema inquisitivo escrito de enjuiciamiento penal al sistema acusatorio oral es el objeto de una investigación que analiza las ventajas de su uso y la necesidad de capacitación de los profesionales.

Graciela Alvarez y Cecilia Bruno, investigadoras de la Facultad de Derecho de la UNR.

Investigadores de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario abordan el nuevo sistema acusatorio oral que comenzó a implementarse en la provincia de Santa Fe. La necesidad de capacitación y el cambio en las currículas de la carrera de Abogacía son algunas de las conclusiones de este estudio.

“Trabajamos los desafíos de la oralidad al interior del sistema judicial y su repercusión en la sociedad”, contó a Argentina Investiga la co-directora del proyecto, Graciela Álvarez, quien trabaja desde 2010 con un equipo de investigadores entre las que se encuentran las abogadas María Zanetti y María Cecilia Bruno.

El trabajo del equipo se centró en visualizar los problemas con los que se enfrentan los operadores jurídicos a la hora de un juicio oral. Para ello, participaron como observadores en diferentes juicios que se llevaron adelante en la ciudad y registraron y evaluaron el desempeño de los jueces, abogados defensores, fiscales -tanto los integrantes de la administración de justicia como el abogado litigante profesional- y analizaron cuáles eran las dificultades que presenta una litigación oral. También, realizaron entrevistas semiestructuradas a funcionarios del Poder Judicial que están participando del nuevo sistema con el fin de indagar en la preparación para afrontar este nuevo procedimiento.

“Hay un retorno a la oralidad porque si pensamos a lo largo de la historia y en nuestra tradición occidental los primeros juicios eran orales, con tribunales populares, pensemos en la polis griega y en Roma”, contó Álvarez. El nuevo Código Procesal implica un cambio de paradigma donde la oralidad es fundamental. “La escritura y la oralidad son dos modalidades totalmente distintas de materialización de los discursos. En el discurso oral, por ejemplo, las objeciones se plantean en el momento. Además, no se puede estar sujeto a un pliego de preguntas como en el proceso escrito en los exámenes y contra exámenes de testigos y peritos. En el juicio escrito hay un listado de preguntas y se responde a eso. Ahora la prueba se produce en el acto, entonces en el sistema acusatorio es necesaria una flexibilidad para repreguntar, para plantear las objeciones”, expresó Álvarez, quien reconoció que no es lo mismo una contestación de demanda escrita que la inmediatez que produce la oralidad.

“Hay que preparar una teoría del caso, hay que plantearse de antemano cuáles serían las objeciones que podría presentar la otra parte”, remarcó. Además, detallaron las investigadoras, el juicio oral permite una economía en cuanto a la producción de las pruebas y discursos. “Si la fiscalía y la defensa están de acuerdo en que hubo un asesinato, que alguien murió es redundante citar al médico forense, es decir, hay que centrarse en quién cometió el crimen; sitúo la prueba en lo que no está demostrado y quiero probar”, sostuvieron.

La necesidad de entrenamiento y capacitación en esta temática es una de las conclusiones a las que arribaron las investigadoras. “Hubo muchas ofertas de cursos de litigación, pero el inconveniente que vemos es que esta capacitación no fue obligatoria para los operadores que ya venían en el sistema”, detallaron. También, aclararon una diferencia con los nuevos seleccionados en el sistema judicial. “El caso de los nuevos operadores que han tenido que pasar por un proceso de concurso y han sido seleccionados para incorporarse al nuevo sistema es distinto ya que tuvieron acceso a formación”.

Tanto los jueces como los abogados y fiscales entrevistados para la investigación coinciden en que la característica fundamental que debe tener una capacitación es la centrada en la práctica. “Los operadores nos dicen que la capacitación no debe centrarse en teoría ya que lo que necesitan es práctica, práctica de los alegatos, de los exámenes de testigos, de contra examen, de poner en juego las particularidades del discurso oral. Bibliografía hay mucha, de experiencias en Colombia, en Chile, en Panamá; la cuestión no es aprender la teoría sino la práctica, encontrarse en situaciones reales”, sostuvieron las investigadoras.

A la hora de hablar sobre los beneficios de este sistema, las investigadoras coinciden en los aspectos positivos, tanto en economía como inmediatez, celeridad y garantía procesal. Sin embargo, pese a las ventajas hay quienes se resisten. “Así como hay operadores del derecho que se resisten a la introducción de las nuevas tecnologías como puede ser la computadora, también en esta reforma hay muchos operadores apegados al sistema anterior y que tienen cierta resistencia”, señaló Zanetti.

La ventaja de la oralidad permite a los jueces evidenciar datos que la parte escrita deja de lado. En referencia a esto, Bruno remarcó: “ No es lo mismo que un juez evalúe lo que dice el testigo después de que se tomó una declaración por escrito, es decir, a través de la lectura de un expediente, que evaluar esas pruebas mientras lo está diciendo, sus actitudes, lo paralingüístico, si está nervioso, etcétera”.

Para las investigadoras es fundamental comenzar con la capacitación oral durante la carrera. “Pensamos que tiene que haber un cambio de mentalidad en las currículas de las carreras de Derecho y que la oralidad tendría que ser algo que la atravesara en forma transversal. En la Universidad tenemos que hacernos cargo de capacitar a los futuros egresados en el discurso oral durante el recorrido de la carrera, no es suficiente ni al principio ni sólo al final”, sostuvieron.

Desde 2009, las investigadoras docentes de la Facultad preparan a los alumnos para las competencias internacionales de arbitraje comercial internacional. “Nuestros alumnos han ganado varios premios, uno a la mejor contestación de demanda que pertenece a la fase escrita y después ganaron la fase oral en 2010, en la Universidad del Rosario del Bogotá en Colombia, entre 22 universidades de América latina y la American University de Washington”, señaló Álvarez. Además, en la competencia del año pasado en Washington, participaron 50 universidades de América latina, Estados Unidos, Francia y España y la Facultad quedó en quinto lugar.

El nuevo sistema acusatorio que prevé el Código de Procedimientos se está implementando en la provincia por etapas y aún faltan recursos tanto materiales como humanos. No obstante, las investigadoras resaltan las bondades del sistema oral y las ventajas que trae aparejado su uso. “La oralidad ha llegado al campo del derecho para quedarse”, concluyeron. Y bienvenido que así sea.

El equipo de investigadores que lleva adelante este proyecto está integrado también por la doctora Susana Frutos (codirectora), los doctores Gustavo Nadalini, Mauricio Manchado, Guillermo Beltramone, María Karina Arreche, Natalia Carrizo y las licenciadas Mabel Tuccio y María Lorena Narciso.

Producción Periodística:
Silvana Di Stefano

Responsable Institucional:
Victoria Arrabal
Universidad Nacional de Rosario

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